Seguro Escolar

PROTOCOLO DE ACCIÓN EN CASO DE ACCIDENTES ESCOLARES
Y/O CONDICIÓN MÉDICA DE URGENCIA

 

caida   DE LOS ACCIDENTES ESCOLARES:
Antecedentes
La ley 17.744, artículo 3, dispone que estén protegidos todos los estudiantes de establecimientos fiscales o particulares por los accidentes que sufran con ocasión de sus estudios o en la realización de su práctica profesional. Un accidente escolar es toda lesión que un estudiante pueda sufrir a causa o en el desarrollo de actividades escolares que, por su gravedad, traigan como consecuencia incapacidad o daño.
Dentro de esta categoría se considera también los accidentes que puedan sufrir los estudiantes en el trayecto desde y hasta sus establecimientos educacionales. En caso de accidente escolar todos los y las estudiantes, tanto de la educación parvularia, básica, media están afectos al seguro escolar desde el instante en que se matriculen en el colegio.

Clasificación de accidentes escolares:

Leves: Son aquellos que sólo requieren de la atención primaria debido a heridas superficiales o golpes suaves.

Menos graves: son aquellos que necesitan de asistencia médica como heridas o golpes en la cabeza u otra parte del cuerpo.

Graves: Son aquellos que requieren de atención inmediata de asistencia médica como caídas de altura, golpes fuertes en la cabeza u otra parte del cuerpo, heridas sangrantes por cortes profundos, quebraduras de extremidades, pérdida del conocimiento, quemaduras, atragantamiento por comida u objetos.

 PROCEDIMIENTO EN CASO DE OCURRENCIA DE UN ACCIDENTE ESCOLAR

 

ETAPAS PROCEDIMIENTO DE ACCIÓN
1 Quien sea testigo del accidente, debe dar aviso en Inspectoría General y será esta unidad la que coordinará las acciones a seguir.
2 En el caso de accidentes leves el alumno que se accidente será atendido en Inspectoría o sala de primeros auxilios, donde se procederá a dar la atención primera por personal de inspectoría o algún asistente de la educación, bajo la supervisión del Inspector General. Una vez recuperado el estudiante el inspector de ciclo dará aviso telefónico al apoderado de lo sucedido para que el alumno se reintegre a clases o bien decida retirarlo.
3 En caso de accidentes menos graves, se procederá de la misma manera, pero gestionando el traslado del estudiante a un centro de atención pública (si lo amerita), por parte del apoderado titular o apoderado suplente.
4 Inspectoría General dará aviso telefónico de inmediato al apoderado para que asista y acompañe al alumno y procederá al llenado del formulario “declaración de accidente escolar”. La persona delegada para cumplir la tarea de llamar al apoderado y llenar la Declaración de Accidente Escolar es el Señor José Núñez Chávez y en su ausencia lo realizará el inspector que se encuentre de turno en la oficina de inspectoría. Para realizar el llamado telefónico debe acudir al listado de números de teléfonos dispuesto o a la agenda del estudiante (que los padres y apoderados deben mantener actualizada).
5 En el caso de accidentes leves, menos graves y graves, donde el apoderado no pueda concurrir a acompañar al alumno accidentado, el establecimiento comisionará a un docente o asistente de la educación para que acompañe al alumno hasta que sus padres lleguen al centro asistencial, momento donde finaliza su cometido.
6 En el caso de accidentes graves (caídas en altura, pérdida de conciencia, fracturas, cortes profundos), se llamará ambulancia primero para su traslado y luego se tomará contacto con el apoderado para informar la situación y asista a acompañarlo. Todo esto bajo las mismas directrices establecidas en los números 3 y 4.
7 Los padres o el adulto responsable de llevar al alumno al centro asistencial deben recopilar y custodiar todos los documentos y/o exámenes para su entrega a quien corresponda. Una vez finalizada la atención el apoderado o adulto responsable debe hacer llegar al establecimiento una copia de la atención y diagnóstico del centro asistencial, junto a la copia de declaración de accidente escolar completada y timbrada por el centro de urgencia respectivo.
8 El centro de salud de urgencia más cercano al colegio, corresponde a Hospital de Peñablanca Dirección: Sargento Aldea N° 660, Peñablanca, Teléfono: 56 (32) 2759587. Otra alternativa (más alejado) es Hospital Quilpué - Dirección: Calle San Martin 1270. Teléfono: 56 (32) 2759010.

 Del uso de Seguros Privados de Atención para Estudiantes


• La protección que brinda el Seguro Escolar es cubierta por los organismos de atención pertenecientes al Servicio Nacional de Salud, lo que otorga una cobertura de atención gratuita, para las prestaciones.
• A pesar de lo anterior hay Padres y Apoderados que optan por tener seguros privados de atención, que implica renunciar al beneficio de gratuidad que ofrece el Sistema de Atención de Salud Pública. Los costos de los seguros privados de atención son asumidos íntegramente por la familia o el apoderado del alumno respectivo.

 Procedimiento para actuar.

ACCIONES

PROCEDIMIENTOS A SEGUIR
1 En el mes de Marzo de cada año escolar, aquellos apoderados que determinen que sus alumnos sean cubiertos por su seguro privado de atención, deben informar de esta situación al establecimiento educacional.
2 Para ello deben llenar una ficha emitida por Inspectoría General, donde señala expresamente que solicita la derivación de su pupilo (en caso de accidente escolar) al centro de salud de urgencia que corresponde al convenio que ha suscrito por el seguro privado.
3 En dicha ficha debe registrar el número telefónico al cual llamar en caso de ocurrir la urgencia y si corresponde que el llamado lo haga el colegio o lo hace el apoderado respectivo, como también si el centro de salud enviará ambulancia o el alumno debe ser trasladado por el apoderado y si es necesario alguien del colegio.
4 Inspectoría General a fines del mes de marzo emitirá un listado de los alumnos que harán uso de seguros privados de atención detallando los números a quien acudir en caso de emergencia, el listado se actualizará durante el año en la medida que los padres o apoderados informen personalmente en inspectoría, de la adquisición o cese de un seguro privado de atención, para su pupilo.
5 A pesar de lo anterior se deja en claro que de ocurrir una situación de extrema gravedad (riesgo vital del estudiante) el colegio recurrirá al servicio de urgencia más cercano, ya sea solicitando ambulancia o trasladando al alumno, para que reciba la atención primaria de urgencia. Posteriormente la familia o el apoderado determinarán el traslado a un centro de atención médica, de carácter privado.

 

Orientaciones para situaciones de salud en estudiantes, con carácter de Urgencia.

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Son situaciones que, no siendo accidentes ocurridos producto de la actividad escolar, afectan la salud de un estudiante, provocando una atención de carácter urgente. Esto incluye situaciones como:

• Casos de desmayos repentinos.• Casos de crisis convulsivas.
• Casos de paros cardíaco y/o respiratorio

 

 

Procedimientos recomendados

Acción Descripción de cómo proceder
1 Conservar la calma y solicitar ayuda rápidamente a algún inspector o asistente de aula disponible
2 Verificar presencia de pulso y respiración
3 En caso de paro cardíaco y/o respiratorio, Inspector General o quien subrogue llamará de inmediato una ambulancia.
4 Trasladar a sala de primeros auxilios, con ayuda de inspectores y/o docentes disponibles.
5 Un inspector o asistente de aula debe llamar al apoderado del alumno (a), para informar lo ocurrido y solicitar su presencia en el establecimiento o bien informar a qué centro médico fue llevado su pupilo(a).

 

 

 

 

 

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